Fecha: 09/01/2017.
FENIE quiere alertar a la población sobre los peligros de un mal mantenimiento de las instalaciones eléctricas, al hilo de la preocupación generalizada por las consecuencias de la pobreza energética. Sensible a los daños ocasionados a la población por este tipo de deficiencias energéticas, FENIE quiere incidir, también, en las muertes evitables gracias al buen mantenimiento de las instalaciones eléctricas.
El Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, recogido en el Real Decreto 842/2002, refleja la obligatoriedad de realizar inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas, cada 5 o 10 años, según los casos. FENIE advierte de la indispensabilidad de las revisiones periódicas y el buen mantenimiento de las instalaciones eléctricas, ante las evidencias recabadas en el incumplimiento de los plazos.
La Federación tilda el asunto de vital importancia, atendiendo a los datos del informe sobre “Víctimas de incendios en España 2012 y 2013”, realizado por la Fundación Mapfre.
Es intención de FENIE actuar de manera complementaria a las Comunidades Autónomas, por lo que se propone a los Servicios Provinciales vinculados a la Seguridad Industrial, que disponga de un registro de realización de las Inspecciones Periódicas, con el que ejercer control sobre tiempo y forma de las mismas.
Un problema añadido es el desconocimiento de los titulares de los suministros, tanto sobre la obligatoriedad de las revisiones, como sobre su responsabilidad ante el incumplimiento de la norma. En particular, en el caso de las Inspecciones de las Instalaciones Comunes de Edificios de Viviendas, con una Potencia Instalada P > 100 Kw, las Comunidades de Propietarios desconocen, habitualmente, que son responsables del correcto mantenimiento de las mismas, debiendo requerir la actuación de empresas instaladoras habilitadas cuando sea necesario y solicitar la inspección a un Organismo de Control.
El desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, por lo que, tras un accidente derivado del mal estado de las instalaciones eléctricas, una Comunidad de Propietarios podría enfrentarse a sanciones económicas, responsabilidad extracontractual por los daños ocasionados a terceros e, incluso, en los casos de fallecimientos, a indemnizaciones u otro tipo de sanciones derivadas de su responsabilidad civil.
FENIE entiende, por todo ello, que es indispensable la implicación de todas las partes intervinientes (Empresas Instaladoras y los organismos que las representan, Administración, OCAs y ciudadanía), para llevar un control exhaustivo del cumplimiento del reglamento, a fin de disponer de unas correctas instalaciones eléctricas que derive, en el mejor de los casos, a disminuir significativamente una cifra de muertes que podría ser evitable.